REGISTRO RETRIBUTIVO PARA EMPRESAS
¿Sabes si pagas igual a hombres y mujeres en tu empresa?
Elaboramos y mantenemos actualizado el registro salarial de tu plantilla para que cumplas con la normativa y tengas toda la documentación preparada ante una posible Inspección de Trabajo.
✅ Obligatorio para todas las empresas desde 2019
✅ Análisis de brecha salarial de género incluido
✅ Valoración de puestos y documentación actualizada
Desde
2008
AFINE Consultoría acompañando a empresas
+ 3000
Empresas
españolas de diferentes sectores nos avalan
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provincias
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Soluciones adaptadas a cada necesidad

Transparencia e igualdad salarial
¿Qué es el registro retributivo?
El registro retributivo es el documento que recoge los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales de toda la plantilla, desagregados por sexo y por categorías o grupos profesionales.
Su objetivo es garantizar la transparencia retributiva y detectar diferencias salariales no justificadas entre hombres y mujeres.
La obligación de llevar un registro retributivo está recogida en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, y exigible desde el 8 de marzo de 2019. Su contenido y forma de elaboración se desarrollan en el artículo 5 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, en vigor desde el 14 de abril de 2021. Puedes consultar el texto íntegro en el BOE — RD 902/2020.
Obligatoriedad
¿Quién está obligado a tener un registro retributivo?
No depende del tamaño de la empresa: todas las empresas, independientemente de su número de personas en plantilla, deben llevar este registro de toda su plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos.
Todas las empresas, sin excepción
El artículo 5 del RD 902/2020 aplica a cualquier empresa, sea cual sea su tamaño o número de personas empleadas.
De 626 € a 6.250 € por infracción grave
El artículo 5 del RD 902/2020 aplica a cualquier empresa, sea cual sea su tamaño o número de personas empleadas.
Qué incluye
¿Qué incluye nuestro servicio de registro retributivo?
Nos encargamos de que tu empresa disponga de un registro retributivo completo, correctamente elaborado y listo para acreditar el cumplimiento de la normativa.
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Registro retributivo completo
Elaboración del documento con los valores medios y medianas de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales, desglosados conforme a la normativa.
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Análisis de la brecha salarial
Revisión de los resultados para identificar posibles diferencias retributivas entre mujeres y hombres y detectar aquellas que puedan requerir una justificación.
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Informe de resultados
Te entregamos un informe claro con los datos obtenidos y las conclusiones del análisis para que conozcas la situación retributiva de tu empresa.
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Asesoramiento especializado
Nuestro equipo te acompaña para resolver dudas, interpretar los resultados y orientarte ante posibles diferencias salariales detectadas
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Documentación preparada
Dispondrás de la documentación necesaria correctamente elaborada y preparada ante un posible requerimiento de la Inspección de Trabajo.
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Actualización y mantenimiento
Te ayudamos a mantener el registro actualizado cuando corresponda y ante cambios relevantes en la estructura retributiva de la empresa.
Proceso
Así elaboramos tu registro retributivo en 4 pasos
Recopilamos la información
Te indicamos qué datos necesitamos de tu plantilla y te acompañamos en la recopilación de la información salarial necesaria.
Analizamos los datos
Revisamos salarios, complementos y percepciones extrasalariales para calcular los valores correspondientes y detectar posibles diferencias retributivas.
Elaboramos y revisamos el registro
Preparamos el registro retributivo conforme a los requisitos establecidos y revisamos los resultados obtenidos.
Te entregamos el Registro Retributivo y el informe, listos para su conservación y utilización ante una posible inspección. Además, podemos encargarnos de su actualización cuando cambien los datos salariales o la normativa aplicable.
Sabias que….
El Registro Retributivo no es lo mismo que el Plan de Igualdad
Aunque ambos forman parte de las obligaciones empresariales en materia de igualdad, no son lo mismo ni se aplican a las mismas empresas.
¿Y la Auditoría Retributiva?
No debe confundirse con el Registro Retributivo. La Auditoría Retributiva forma parte del Plan de Igualdad y tiene un alcance más amplio para analizar la situación salarial de la empresa.
Registro Retributivo
Obligatorio para todas las empresas con personal contratado, independientemente del tamaño de su plantilla.
Recoge y analiza la información salarial de la empresa, desglosada por sexo, para aportar transparencia y detectar posibles diferencias retributivas.
✓ Desde 1 persona trabajadora
✓ Se actualiza anualmente
✓ Puede contratarse de forma independiente
Plan de Igualdad
Con carácter general, es obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras, además de otros supuestos previstos legalmente.
Analiza de forma global la situación de la empresa en materia de igualdad y establece las medidas necesarias para prevenir y corregir posibles desigualdades.
✓ Con carácter general, desde 50 personas trabajadoras
✓ Incluye la Auditoría Retributiva
✓ Debe registrarse en REGCON
¿Cuánto cuesta para
tu empresa?
¿Cuántas personas trabajan en tu empresa?
El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas, independientemente del tamaño.
¿Necesitas más de un servicio? Al contratar 2 o más servicios aplicamos un descuento especial.
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Testimonios
Lo que dicen nuestros clientes…
Llevábamos tiempo haciendo el registro por nuestra cuenta y no teníamos claro si estaba correctamente planteado. Con AFINE revisamos los datos, nos explicaron dónde estaban los puntos importantes y nos quedamos mucho más tranquilos.

Isabel Mª G.
Les enviamos la información de la plantilla y se encargaron prácticamente de todo. Para nosotros ha supuesto ahorrar bastante tiempo y, sobre todo, tener un documento bien preparado si alguna vez nos lo solicitan.

Rubén Castillo
En nuestro caso aparecieron algunas diferencias salariales que necesitábamos entender. El equipo de AFINE nos ayudó a interpretar los resultados y a saber qué debíamos revisar. El trato ha sido cercano y muy profesional.

Adelaida Fernández
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre el Registro Retributivo
Si tienes alguna otra pregunta, nuestro equipo te asesora sin compromiso.
Sí, siempre que tenga al menos una persona trabajadora contratada. Los autónomos sin personal contratado no tienen que elaborarlo.
No. A diferencia del Plan de Igualdad, el registro retributivo no se inscribe en REGCON ni en otro registro público. Debe conservarse en la empresa y estar disponible cuando sea requerido.
Cuando el promedio de las retribuciones de las personas trabajadoras de un sexo sea superior al del otro en un 25 % o más, en los supuestos previstos por la normativa, deberá incluirse una justificación de que esa diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo.
El acceso depende de si existe representación legal de las personas trabajadoras. Cuando existe, esta puede acceder al contenido íntegro del registro; cuando no existe, la información a la que puede acceder una persona trabajadora está limitada.
Si se producen alteraciones sustanciales en los elementos que forman parte del registro, deberá actualizarse para que siga reflejando correctamente la realidad retributiva de la empresa.
No. El registro retributivo puede elaborarse de forma independiente. La auditoría retributiva es una obligación diferente vinculada al Plan de Igualdad.
Necesitaremos información sobre la plantilla, los conceptos salariales y la clasificación profesional para poder elaborar correctamente el registro. Nuestro equipo te indicará qué documentación necesitamos en cada caso.
La empresa debe poder facilitar un registro correctamente elaborado y actualizado. Por eso debe conservarse y mantenerse disponible ante un posible requerimiento.
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Solicita información sin compromiso y nuestro personal especializado te explicará el proceso adaptado a tu entidad.
