Plan de Igualdad para empresas: elaboración, negociación y registro
Te acompañamos durante todo el proceso para que tu empresa cumpla con la normativa de igualdad: desde el diagnóstico inicial y la elaboración del Plan de Igualdad hasta su negociación y registro oficial en REGCON.
✅ Obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras
✅ Sanciones de hasta 225.018 € por incumplimiento
✅ Registro oficial en el REGCON incluido
Desde
2008
AFINE Consultoría acompañando a empresas
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Empresas
españolas de diferentes sectores nos avalan
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Presencia acreditada en nuestra cartera
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Consultoría integral
Soluciones adaptadas a cada necesidad

Igualdad en la empresa
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas diseñado para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa y prevenir cualquier situación de discriminación por razón de sexo.
Su elaboración parte de un diagnóstico de la situación real de la plantilla, que permite detectar posibles desigualdades y definir medidas concretas, objetivos, responsables, plazos e indicadores para corregirlas y avanzar hacia una igualdad efectiva.
El Plan debe negociarse, implantarse y someterse a seguimiento, de manera que las medidas acordadas se integren realmente en la organización.
Obligatorio para empresas de más de 50 personas
¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?
La obligación de tenerlo nace del artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, modificado por el RDL 6/2019, y se desarrolla en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, que regula su contenido y su registro obligatorio en el REGCON.
Una vez alcanzado, la obligación se mantiene aunque la plantilla baje después de ese número.
Empresas de 50 o más personas trabajadoras
El umbral de 50 personas trabajadoras se calcula contando todos los centros de trabajo y tipos de contrato de la empresa, incluido el personal de ETT.
Menos de 50 personas
Puede ser obligatorio por convenio colectivo o resolución de la autoridad laboral.
Riesgos de no cumplir
¿Qué pasa si
no actúas?
No disponer de un Plan de Igualdad cuando existe obligación legal, no registrarlo o incumplir las obligaciones relacionadas con su elaboración e implantación puede constituir una infracción en materia de relaciones laborales.
Sanciones económicas
El incumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad puede ser objeto de sanción por la Inspección de Trabajo.
Multas de hasta 225.018 €
Exclusión de contratación pública
No cumplir con la obligación de disponer de un Plan de Igualdad puede impedir a la empresa contratar con las Administraciones Públicas cuando resulte exigible conforme a la normativa.
Exclusión de contratos públicos
Pérdida de ayudas y bonificaciones
El incumplimiento también puede afectar al acceso o mantenimiento de determinadas ayudas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad Social.
Pérdida de ayudas
No esperes a recibir un requerimiento
Si tienes dudas sobre la obligación de tu empresa o sobre el estado de tu Plan de Igualdad, revisamos tu situación antes de que se convierta en un problema.
Todo lo que necesitas
Qué incluye nuestro servicio de Plan de Igualdad
Nos encargamos de coordinar todas las fases necesarias para que tu empresa disponga de un Plan de Igualdad adaptado a su realidad, correctamente negociado y registrado, desde el diagnóstico inicial hasta su implantación.
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Diagnóstico de situación
Análisis completo de la empresa en las nueve materias del plan: selección, clasificación, formación, promoción, retribución, conciliación, prevención y comunicación.
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Auditoría retributiva y valoración de puestos
Análisis de la estructura salarial y valoración de los puestos de trabajo para detectar y justificar posibles diferencias retributivas entre mujeres y hombres.
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Registro Retributivo
El diagnóstico incluye el análisis retributivo necesario para el plan. Para empresas de 50 o más personas trabajadoras, incluye también la valoración de puestos de trabajo y la auditoría retributiva.
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Elaboración y negociación del Plan
Definimos objetivos, medidas, responsables, indicadores y plazos y acompañamos a la empresa durante la negociación con la representación de las personas trabajadoras.
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Medidas LGTBI (Ley 4/2023)
Incorporamos las medidas necesarias para ayudar a la empresa a cumplir sus obligaciones en materia de igualdad y protección de las personas LGTBI.
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Registro oficial en REGCON
Gestión completa del registro oficial del plan de igualdad en el Registro de Convenios Colectivos y Acuerdos Laborales.
El seguimiento anual del plan y las medidas LGTBI son servicios independientes con contratación y precio aparte. Consúltanos para más información.
Proceso
¿Cómo elaboramos e implantamos tu Plan de Igualdad?
Te acompañamos durante todo el proceso, coordinando cada fase para que el Plan responda a la realidad de tu empresa y cumpla con los requisitos necesarios para su negociación y registro.
Analizamos tu empresa
Realizamos el diagnóstico previo para conocer la situación de partida, detectar posibles desigualdades y establecer las prioridades del Plan.
Constituimos la comisión negociadora
Te acompañamos en la convocatoria y constitución de la comisión que participará en la negociación del Plan de Igualdad.
Diseñamos el Plan de Igualdad
Definimos las medidas, objetivos, responsables, indicadores y plazos de actuación de acuerdo con las necesidades detectadas.
Damos soporte técnico durante el proceso de negociación con la representación de las personas trabajadoras hasta alcanzar el contenido definitivo del Plan.
Registramos el Plan en REGCON
Nos encargamos de tramitar su inscripción oficial para que el Plan quede correctamente registrado.
Implantación y seguimiento
Una vez registrado, comienza la aplicación de las medidas acordadas. Podemos acompañarte en su seguimiento para comprobar su cumplimiento y mantener el Plan actualizado durante su vigencia.
¿Cuánto cuesta para
tu empresa?
¿Cuántas personas trabajan en tu empresa?
El Plan de Igualdad es obligatorio a partir de 50 personas trabajadoras. Incluye diagnóstico, negociación y registro en el REGCON.
¿Necesitas más de un servicio? Al contratar 2 o más servicios aplicamos un descuento especial.
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¿En qué punto está tu empresa?
Situaciones que AFINE te ayuda a resolver
No todas las empresas parten de la misma situación. Tanto si necesitas elaborar tu primer Plan de Igualdad como si ya dispones de uno, revisamos tu caso y te acompañamos en los siguientes pasos.
Necesitas hacer tu primer Plan de Igualdad
Analizamos tu empresa y gestionamos el proceso desde el diagnóstico inicial hasta la negociación y el registro en REGCON.
Ya tienes un Plan, pero no sabes si está al día
Revisamos su vigencia, documentación, medidas implantadas y seguimiento para detectar posibles aspectos que deban actualizarse.
Tienes el Plan registrado, pero necesitas hacer el seguimiento
Te ayudamos a comprobar el grado de cumplimiento de las medidas acordadas y a mantener correctamente documentada su implantación.
Tu Plan está próximo a caducar
Si se acerca al límite de vigencia, gestionamos su renovación, nueva negociación y registro en REGCON para que la empresa mantenga sus obligaciones al día.
¿No sabes cuál es tu caso?
Cuéntanos la situación de tu empresa y te indicamos qué necesitas hacer y qué pasos debes seguir.
Testimonios
Lo que dicen nuestros clientes…
Lo que más agradecimos fue tener una persona de referencia durante todo el proceso. Había bastante documentación y varios pasos que no controlábamos, pero nos lo fueron poniendo fácil.

Sergio Martín
Pensábamos que hacer el Plan de Igualdad iba a ser un proceso mucho más complicado. Desde AFINE nos fueron guiando, coordinando cada fase y resolviendo las dudas que nos iban surgiendo.

María López
Llegamos a AFINE porque necesitábamos regularizar el Plan de Igualdad y no sabíamos muy bien por dónde empezar. Nos organizaron el proceso, nos explicaron los plazos y pudimos sacarlo adelante sin que se convirtiera en un problema interno.

Paco Ruiz
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre el Plan de Igualdad para Empresas
Si tienes alguna otra pregunta, nuestro equipo te asesora sin compromiso.
El plazo depende de la situación de cada empresa, especialmente del tamaño de la plantilla, de si existe representación legal de las personas trabajadoras y del desarrollo de la negociación. Como referencia, el proceso suele completarse en entre 1 y 2 meses, aunque puede variar según cada caso.
La vigencia se establece en el propio Plan y no puede superar los 4 años. Durante ese periodo deben implantarse y realizarse el seguimiento de las medidas acordadas. Al finalizar su vigencia será necesario elaborar y negociar un nuevo Plan y registrarlo nuevamente.
Depende del tipo de obligación y de los cambios que experimente la empresa o la normativa. En AFINE realizamos el seguimiento y las actualizaciones necesarias para que toda la documentación permanezca al día.
Sí. En el servicio de AFINE incluimos el Registro Retributivo, junto con el análisis necesario para detectar posibles diferencias salariales entre mujeres y hombres y abordar las obligaciones retributivas vinculadas al Plan.
Si la empresa alcanzó el umbral que generó la obligación y se constituyó la comisión negociadora, la obligación se mantiene durante el periodo de vigencia establecido para el Plan, aunque posteriormente la plantilla descienda de 50 personas.
Puede ser necesario. Además del número de personas trabajadoras, la obligación puede venir establecida por el convenio colectivo aplicable o derivarse de una resolución de la autoridad laboral. Por eso, ante la duda, conviene revisar el caso concreto de la empresa.
Sí. Registrar el Plan no pone fin a las obligaciones de la empresa. Durante su vigencia deben aplicarse las medidas previstas y realizarse su seguimiento para comprobar el grado de cumplimiento. AFINE ofrece este acompañamiento como servicio de seguimiento anual.
La elaboración del Plan requiere la participación de una comisión negociadora constituida conforme a la normativa. La forma de constituirla dependerá, entre otros aspectos, de si la empresa cuenta o no con representación legal de las personas trabajadoras.
La ausencia de representación legal no elimina la obligación de negociar el Plan. En estos casos debe constituirse la comisión negociadora siguiendo el procedimiento previsto legalmente. AFINE acompaña a la empresa también en esta fase para realizar correctamente la convocatoria y constitución de la comisión.
Hay que comprobar su fecha de vigencia, su registro y, sobre todo, si se están realizando las actuaciones de seguimiento previstas. Si tienes dudas, podemos revisar la documentación y determinar si necesitas realizar el seguimiento, actualizarlo o iniciar su renovación.
Dependerá de la situación concreta y del grado de cumplimiento de las obligaciones de la empresa. Por eso es importante poder acreditar las actuaciones realizadas y no esperar a recibir un requerimiento para iniciar el proceso.
Tu empresa puede estar
en regla en 4–8 semanas
Solicita información sin compromiso y un especialista te explicará el proceso adaptado al tamaño y situación de tu empresa.
