Implanta un sistema conforme a la Ley 2/2023
Canal de denuncias para empresas: gestión integral
Implanta un canal de denuncias adaptado a la normativa vigente.
Implantamos tu canal de denuncias con todas las garantías legales para que tu empresa cumpla con la normativa de protección al informante de forma sencilla, segura y sin complicaciones.
✅ Obligatorio desde junio de 2023 (+50 personas trabajadoras)
🛡️ Implantación rápida y asesoramiento especializado
📄 Denuncias anónimas y nominativas, con seguimiento por localizador
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Más que un simple buzón de denuncias
¿Qué es un canal de denuncias y para qué sirve?
El canal de denuncias, también conocido como Sistema Interno de Información, es una herramienta confidencial que permite a la plantilla, colaboradores y otras personas vinculadas a una organización comunicar de forma segura y confidencial posibles irregularidades, fraudes, conductas ilícitas o incumplimientos normativos detectados en la organización.
Esta obligación nace de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Puedes consultar el texto íntegro en el BOE — Ley 2/2023.
¿Te afecta esta normativa?
¿Qué empresas están obligadas a implantar un canal de denuncias?
No todas las empresas están obligadas a implantar un canal de denuncias, pero sí aquellas que cumplen determinados requisitos establecidos por la Ley 2/2023. Estos son los principales supuestos:
Empresas con 50 o más personas trabajadoras
Las empresas con una plantilla igual o superior a 50 personas trabjadoras deben disponer de un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023.
Empresas de servicios y mercados financieros
Prevención de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, seguridad del transporte y medio ambiente, sea cual sea su tamaño.
Asesorías, gestorías y despachos
Con entidad jurídica sujetos a la prevención de blanqueo de capitales, sea cual sea su tamaño. Obligados por ley, sin excepción.
Resto de empresas, sin obligación legal
Aunque no es obligatorio, tenerlo mejora tu imagen corporativa y da garantías de transparencia ante licitaciones públicas o subvenciones.
¿Tu empresa tiene menos de 50 peronas trabajadoras?
No todas las organizaciones con menos de 50 personas trabajadoras están exentas. Existen sectores y actividades para los que la implantación del canal de denuncias también es obligatoria. Si tienes dudas, te asesoramos sin compromiso.
Requisitos legales
Lo que la ley exige
a todo canal de denuncias
La Ley 2/2023 no se limita a exigir la existencia de un canal: establece una serie de requisitos y garantías que debe cumplir el Sistema Interno de Información.
Confidencialidad de la información
El canal debe garantizar la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de las personas afectadas y del contenido de las comunicaciones durante todo el procedimiento.
Protección frente a represalias
La organización debe implementar protocolos verificables que prohíban cualquier conducta perjudicial contra la persona informante: despidos, cambios de puesto, presión laboral o discriminación derivada de la denuncia.
Gestión independiente e imparcial
Las comunicaciones deben ser gestionadas por una persona u órgano responsable que actúe con independencia, objetividad e imparcialidad durante todo el proceso.
Plazos de respuesta
La ley establece un plazo máximo de 3 o 7 días naturales para acusar recibo de la comunicación y 25 dias a 3 meses para resolver la investigación (según tipo de denuncia). El incumplimiento de estos plazos puede derivar en sanciones administrativas.
Procedimiento interno documentado
La empresa debe disponer de un procedimiento que regule la recepción, investigación, seguimiento y resolución de las comunicaciones recibidas.
Registro y conservación de las comunicaciones
El Sistema Interno de Información debe mantener un registro de las comunicaciones y garantizar la conservación de la documentación conforme a la normativa aplicable.
Las ventajas de cumplir la normativa
¿Tu empresa tiene canal de denuncias?
Así cambia todo.
Implantar un canal de denuncias no solo permite cumplir con la Ley 2/2023.
También mejora la gestión interna, protege a la organización y refuerza la confianza de la plantilla, clientes y colaboradores.
Sin él, la empresa queda expuesta y sin un cauce seguro para detectar irregularidades.
Sin canal de denuncias
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Incumplimiento de la Ley 2/2023 de protección del la persona informante.
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Sin cauce seguro para detectar fraudes o irregularidades.
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Menor confianza entre empleados/as y colaboradores.
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Mayor impacto reputacional ante posibles incidencias.
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Mayor exposición a sanciones y conflictos.
Canal de denuncias implantado con AFINE
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Cumplimiento de la normativa vigente.
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Reducción de riesgos legales y reputacionales.
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Identificación temprana de posibles incumplimientos.
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Mejora la imagen y fomenta una cultura transparente y de confianza.
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Canal unificado con el protocolo de acoso de la empresa.

Más que un simple buzón de denuncias…
Tipos de denuncias
que admite el canal
El portal permite configurar qué categorías de denuncia se admiten. Todas ellas pueden presentarse de forma anónima o nominativa, a elección de la persona informante
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Acoso laboral
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Acoso por razón de sexo
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Acoso sexual
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Fraudes y prácticas corruptas
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Conductas y acciones inmorales o ilegales
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Gestión inadecuada o lucrativa de recursos
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Relacionados con la protección de menores
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Mal uso de información clasificada
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Robos
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Tratos discriminatorios o tráfico de influencias
Todo lo que necesitas operativo desde el primer día
¿Qué incluye nuestro servicio de canal de denuncias?
Nos encargamos de implantar, configurar y mantener tu canal de denuncias para que cumpla con todos los requisitos legales.
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Portal web accesible 24/7
Plataforma online disponible en todo momento, integrable en tu propia web junto al protocolo de acoso o, si no tienes web, mediante código QR.
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Denuncias anónimas y nominativas
La persona informante elige el modo. Las anónimas reciben un localizador para seguir su estado; las nominativas, comunicación por email de cada cambio.
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Cumplimiento de la Ley 2/2023
Protocolo completo de admisión, instrucción y resolución, con todas las garantías para el denunciante y el denunciado.
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Protocolo del canal
Documento que regula el funcionamiento del canal, listo para publicar junto al portal, comunicando su existencia a toda la plantilla.
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Formación del canal
Formamos al equipo para gestionar las denuncias recibidas: tramitación, confidencialidad y resolución del expediente, previa contratación.
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Registro del canal
Te asesoramos en la inscripción de la persona responsable del canal ante la Oficina Antifraude de Andalucía, trámite obligatorio tras la implantación.
Cómo es el proceso
Tu canal implantado en pocos días
Analizamos tu empresa
Estudiamos las características de tu organización y las obligaciones legales para definir la solución más adecuada.
Implantamos el canal
Configuramos el canal de denuncias y lo adaptamos a los requisitos de la Ley 2/2023, dejándolo listo para su puesta en funcionamiento.
Preparamos toda la documentación
Te asesoramos en la designación de la persona responsable del sistema y elaboramos el procedimiento interno, la política del canal y el resto de la documentación obligatoria, además de facilitar la información necesaria para la plantilla.
Ponemos en marcha el sistema
Activamos el canal, enviamos las credenciales de acceso y dejamos todo preparado para que las comunicaciones puedan gestionarse de forma confidencial y conforme al procedimiento establecido.
Te acompañamos de forma continua
Realizamos el seguimiento del servicio mediante soporte técnico y jurídico básico: revisiones del procedimiento, actualizaciones normativas, renovación anual del sistema…
¿Cuánto cuesta para
tu empresa?
Selecciona el tamaño de tu empresa y te mostramos el precio orientativo del canal de denuncias.
¿Cuántas personas trabajan en tu empresa?
El canal de denuncias es obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras.
Cuota anual · portal y protocolo incluidos · asesoramiento en la implantación del canal
Cuota anual + 100 € implantación (una sola vez) · portal y protocolo incluidos · asesoramiento en la implantación del canal
Cuota anual · tarifa para asesorías y despachos colaboradores
Solicitar información →Testimonios
Lo que dicen nuestros clientes…
AFINE nos ayudó a implantar el canal de denuncias de forma muy sencilla. Nos explicaron cada paso, prepararon toda la documentación y nos dejaron claro cómo debíamos actuar si recibíamos una comunicación

Elena Martín
Queríamos asegurarnos de que el canal fuera realmente confidencial y cumpliera con la normativa. Con AFINE hemos tenido un acompañamiento muy cercano y la tranquilidad de saber que todo está correctamente implantado.

Carlos Navarro
Lo que más valoramos de AFINE es que no te entregan simplemente una herramienta y se desentienden. Siempre tenemos a alguien al otro lado para resolver dudas y ayudarnos con la gestión del canal.

Raquel Torres
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre
el canal de denuncias
Si tienes alguna otra pregunta, nuestro equipo te asesora sin compromiso.
la Ley 2/2023 exige que el sistema garantice la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de las personas afectadas y de toda la información relacionada con la comunicación.
Además, el sistema puede permitir la presentación de denuncias anónimas, una opción muy recomendable porque favorece que las personas comuniquen posibles irregularidades con mayor seguridad.
En AFINE implantamos canales que cumplen todas las garantías legales de confidencialidad y protección de la información.
Las comunicaciones deben ser gestionadas por la persona u órgano responsable del Sistema Interno de Información, actuando con independencia, objetividad y respetando el procedimiento establecido.
El incumplimiento de la Ley 2/2023 puede dar lugar a sanciones administrativas y a riesgos legales y reputacionales para la organización.
No. Dejamos el canal completamente configurado y proporcionamos las credenciales de acceso, así como el asesoramiento necesario para que la persona responsable pueda gestionarlo con total normalidad.
La relación es directa. Un canal de denuncias trata datos personales, e incluso puede gestionar información especialmente sensible.
Por ello, debe cumplir tanto la Ley 2/2023 como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la LOPDGDD, garantizando la confidencialidad, la seguridad de la información, el acceso restringido a los datos y el cumplimiento de los plazos de conservación.
En AFINE integramos ambos ámbitos para que el sistema cumpla toda la normativa aplicable.
Si ya dispones de un canal de denuncias, podemos revisarlo para comprobar que cumple realmente con la legislación vigente.
Muchas empresas cuentan con un simple buzón de comunicaciones o una plataforma tecnológica, pero carecen de la documentación, los procedimientos o las garantías exigidas por la Ley 2/2023.
En AFINE realizamos una revisión completa del sistema y, si es necesario, lo adaptamos para que cumpla plenamente la normativa y ofrezca la seguridad jurídica que tu empresa necesita.
Nuestro servicio incluye seguimiento y mantenimiento para adaptar el sistema a posibles cambios normativos y garantizar que continúe cumpliendo la legislación vigente.
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Solicita información sin compromiso y te explicamos el proceso adaptado a tu empresa.
